El 20 de agosto de 2020, la jueza de primera instancia María Melania Carrara condenó a ambos a 15 años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual agravado por la condición de guardadores mientras trabajaban en la centenaria institución de Laprida al 2100, que cerró sus puertas en 2012 tras 142 años de funcionamiento.
>> Leer más: Condenan a dos ex celadores del Hogar del Huérfano a 15 años de cárcel por abuso sexual
Tras la apelación de ese fallo, la semana pasada los jueces de Segunda Instancia Penal Carina Lurati, Gabriela Sanso y Alfredo Ivaldi Artacho, confirmaron parcialmente la condena, modificando la original al fijar un monto definitivo de 12 años de prisión efectiva.
Como hasta el momento los celadores cumplían el proceso en libertad, tras la resolución de los camaristas el fiscal Meinero requirió una audiencia para solicitar que cumplan la prisión preventiva por el plazo de ley hasta que el fallo quede firme.
Acusador y querella en bloque
A esa postura adhirieron los querellas: las abogadas Sabrina Bulfón, como tutora de la víctima; Mónica Barroso, por parte del gobierno provincial; Nadia Darigo, por el Centro de Asistencia a la Víctima; y el abogado Germán Mahieu, por el Hogar del Huérfano.
Las defensas, ejercidas por los abogados Nazareno Bravo por R., y Marta Macat por G., se opusieron. Resaltaron que no se puede ejecutar una sentencia que aún no están firme, reclamaron la libertad, y solicitaron que se mantenga lo ordenado por el juez de la Cámara Penal Guillermo Llaudet Maza quien, tras la condena, en noviembre de 2020 ordenó la libertad con restricciones mientras durara el proceso.
Luego de las exposiciones, se pasó a un breve cuarto intermedio. Al regreso, la jueza de primera instancia Luciana Prunotto tuvo por formalizada la audiencia, hizo lugar al pedido de la fiscalía, y ordenó la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley para Oscar G. y Osvaldo R.
Ambos salieron esposados del edificio. La jueza hizo reserva de los planteos de la defensa, y ordenó que “sean alojados en dependencias de la Alcaldía Regional o el espacio que la autoridad administrativa entienda pertinente”.
De 15 a 12 años
La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó de manera parcial la condena y redujo la pena de 15 a 12 años de prisión efectiva a dos ex celadores condenados en 2020 por el delito de abuso sexual con acceso carnal perpetrado en 2011 contra un niño de 9 años que se encontraba en guarda en esa institución desde que tenía 7 años.
En un caso polémico y controversial, los acusados habían sido condenados en 2016 y liberados en 2017 por “parcialidad” y falta de fundamentación. Tras una instancia de apelación, quedaron nuevamente detenidos y a los pocos meses fueron liberados al no estar firme la sentencia.
Ahora, volverán a prisión, aunque a las defensas le quedan las instancias de vías recursivas para tratar de revertir la resolución. “La prisión preventiva como medida cautelar es el instituto que se puede aplicar en este caso. Es el recurso que queda para cautelar los fines del proceso, no es un adelanto de pena”, explicó a La Capital la abogada querellante Mónica Barroso.